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La Alcaldía de Envigado realizó una actualización al Decreto Municipal 0000552 del 2 de diciembre de 2020, que no estaba alineado a las disposiciones analizadas por la Corte Constitucional y el protocolo para la regulación del consumo de estupefacientes en espacios públicos. Es así como con el Decreto 20240000224 del 22 de marzo del 2024 se determinan nuevos horarios y perímetros para la regulación del consumo de sustancias psicoactivas, con el objetivo de proteger los espacios públicos y entornos escolares donde los niños, niñas y adolescentes desarrollan sus actividades cotidianas.
La medida establece también las sanciones a las que serán sometidas las personas que consuman estas sustancias en el espacio público y entornos escolares incluidos dentro de los perímetros y en los horarios que no cumplan con las disposiciones del decreto.
Es importante resaltar que previamente a la emisión de este decreto, la Secretaría de Seguridad lideró capacitaciones a la Policía Nacional para que haya una correcta aplicación y evitar extralimitaciones y se abrieron espacios de diálogo con colectivos sociales interesados en el tema para explicar el alcance de las nuevas regulaciones y conocer de primera mano sus opiniones.
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Dónde
Se destaca que el decreto prohíbe el consumo de estupefacientes en centros médicos y unidades hospitalarias. Mientras que, en el perímetro de centros educativos y escenarios de recreación y deporte, el horario de restricción será entre las 5:00 de la mañana y las 10:00 de la noche, y en parques, plazas, plazoletas y zonas históricas o declaradas de interés cultural, la restricción será entre las 5:00 de la mañana y las 11:59 de la noche.
Las personas que incumplan con las directrices, serán objeto de comparendo que podrá dar lugar a una multa de ocho (8) salarios mínimo diarios legales vigentes 2024, equivalentes a un valor de $ 346.666.
Puede consultar el decreto y el ABC del Decreto, aquí.